Política del canal

Glovo

NORMAS DE USO CANAL ÉTICO


1. INTRODUCCIÓN

Glovoapp23, S.L.- CIF: B66362906 (en adelante, Glovo) dispone del presente Canal Ético con la finalidad de recibir y gestionar aquellas comunicaciones que versen sobre:

  • Incumplimientos de la legislación vigente, el Código Ético o demás normativa interna de Glovo.
  • Consultas del Código Ético o de la normativa interna.

El Canal Ético de Glovo se encuentra adaptado a lo dispuesto en la Ley Orgánica 03/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y se ha alineado a la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Las siguientes normas de uso regulan el funcionamiento del Canal Ético de Glovo de acuerdo con lo dispuesto en el Código Ético de Glovo y en la Whistleblower Policy.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

En todos los niveles de Glovo existe la obligación de colaborar para crear conciencia de que en la compañía rige un criterio de tolerancia cero con los incumplimientos de la ley, del Código Ético, y/o de la normativa interna de Glovo, por lo que se debe prestar atención a cualquier situación de riesgo o incumplimiento que se pueda detectar. Una vez detectada la situación de riesgo o incumplimiento, ésta deberá ser comunicada de inmediato a través del presente Canal Ético.

El Canal Ético constituirá la vía para que cualquier trabajador, colaborador, cliente o proveedor que tenga conocimiento de algún tipo de comportamiento que sea contrario a los principios éticos recogidos en el Código Ético de Glovo, o cualquier tipo de actuación que suponga un incumplimiento de la ley y/o de la normativa interna, pueda denunciarlo a Glovo.

También se pueden realizar consultas a través del Canal Ético sobre el Código Ético y demás normativa interna de Glovo.

3. USO DEL CANAL

El Canal Ético de Glovo permite aportar la siguiente información a través de un formulario web:

3.1. Para realizar denuncias:

Datos identificativos y de contacto: son los datos para poder conocer al denunciante y ponerse en contacto con el mismo por si fuera necesario recabar más información. No obstante, el denunciante puede solicitar que estos datos no sean comunicados a Glovo o bien efectuar la comunicación de forma anónima y por tanto no aportar ningún dato personal propio, dejando en blanco las casillas que se describen a continuación:

  • Nombre o pseudónimo
  • Correo electrónico
  • Teléfono de contacto

Información obligatoria es aquella información que el denunciante debe aportar en el formulario de denuncia. Básicamente se trata de describir los hechos que presuntamente son constitutivos de una infracción del Código Ético o de la normativa, interna o externa, de Glovo, y la empresa donde han ocurrido presuntamente los hechos. Las casillas del formulario son las siguientes:

  • Empresa a la que se refiere la comunicación.
  • Incumplimiento o riesgo de incumplimiento que desea comunicar.

Finalmente, el denunciante podrá adjuntar la documentación que considere necesaria para evidenciar los hechos expuestos en su comunicación.

Una vez completado todo lo anterior, será necesario la aceptación de las presentes “Normas de Uso” así como de la “Política de privacidad” del Canal Ético para poder completar el formulario y enviarlo para su tramitación.

3.2. Para realizar consultas:

En caso de que se tratará de una consulta, es necesario que la persona se identifique para poder remitirle una respuesta, por lo que serán obligatorios completar ambos apartados descritos anteriormente (“Datos identificativos y de contacto” e “Información obligatoria”). En caso de que no facilite sus datos, no se le facilitará respuesta alguna a su consulta debido a la imposibilidad de comunicación con esa persona.

4. GESTIÓN DEL CANAL

El HQ Compliance Committee será el responsable de gestionar el Canal Ético y de atender las comunicaciones que se remitan al mismo, sin perjuicio de que actualmente el HQ Compliance Committee haya externalizado la gestión del Canal Ético al despacho Ribas y Asociados (en adelante, Ribas).

Una vez que se reciba una comunicación en el Canal Ético, el gestor externo realizará una evaluación inicial de los fundamentos de la comunicación y la remitirá al HQ Compliance Committee para dar comienzo a la tramitación de la misma. En el caso que la denuncia verse sobre un miembro del HQ Compliance Committee, la remitirá a otro miembro del Comité para que proceda a iniciar su tramitación.

Los miembros del HQ Compliance Committee analizarán y resolverán las denuncias y consultas recibidas, dándoles en cada caso el tratamiento que estimen más oportuno. Actuarán en cada intervención con total independencia y pleno respeto a las personas afectadas y garantizarán, en todo momento, la confidencialidad en el tratamiento de las denuncias que tramiten.

En el supuesto de que la tipología de la comunicación recibida no se encuadre en las propias del Canal Ético ni exista un canal especifico para su gestión, será remitida al departamento o área competente, con la finalidad de que sea gestionada por éste, o bien será archivada si se apreciará que se trata de una comunicación vana, trivial o intrascendente.

5. PLAZOS DE RESPUESTA

El denunciante recibirá un acuse de recibo nada más realice la comunicación, conforme se ha registrado su denuncia o consulta en el Canal Ético. Una vez sea resuelta, o en el plazo máximo de 3 meses, recibirá una respuesta por parte del HQ Compliance Committee.

6. GARANTÍAS DEL CANAL ÉTICO

Todas las comunicaciones que se reciban a través del Canal Ético se regirán por los siguientes garantías:

  • Medidas de seguridad:el Canal Ético contará con las medidas de seguridad técnicas y organizativas adecuadas para evitar el riesgo de divulgación, indisponibilidad y perdida o destrucción de la información, es decir, se garantizará la confidencialidad, disponibilidad e integridad de las comunicaciones recibidas.
  • Confidencialidad: se garantizará la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, así como de los hechos que se mencionen, teniendo acceso a la comunicación tan solo el personal autorizado.
  • Privacidad: el tratamiento de datos personales se realizará de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos.
  • Respuesta diligente y motivada: las comunicaciones serán contestadas respetando los plazos establecidos y siempre serán suficientemente motivadas dando respuesta a las distintas cuestiones planteadas.
  • Respecto a los derechos del denunciante: se respetaran los derechos del denunciante, en especial, la ausencia de represalias a los denunciantes de buena fe.
  • Derechos del denunciado: se respetaran los derechos del denunciado, en especial, la presunción de inocencia.

7. DENUNCIAS FALSAS

Se entenderá por denuncia falsa las denuncias realizadas de mala fe, al existir indicios razonables de que la denuncia no es verídica y la información aportada no es veraz.

En el caso de que se detectase una denuncia falsa, se adoptarán contra el denunciante las medidas que correspondan establecidas por la legislación vigente, convenio colectivo o la normativa interna aplicable.